20 de septiembre de 2011

OAXACA Y PUEBLA: ¿MEDIOS DE ESTADO?

(*) Ponemos a su disposición la opinión del especialista en asuntos de transparencia y libertad de expresión, el investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Ernesto Villanueva

México. D. F., a 19 de septiembre de 2011

En campaña se promete todo y de todo. El olvido llega tan pronto es posible. Los denominados eufemísticamente gobiernos aliancistas, en realidad son más de lo mismo en muchos rubros. Nuevas caras y beneficiarios y en el mejor de los casos las prácticas priistas o peores. Veamos el caso de los medios que viven con cargo al erario y cómo siguen exactamente igual. Existen, por supuesto, elementos que me permiten sustentar lo que aquí afirmo.

Primero. En Oaxaca, el entonces candidato Gabino Cué prometió transformar la realidad y se comprometió a cambiar las relaciones en Estado y medios, empezando por la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión. Las cosas casi un año después no han cambiado. Siguen iguales, idénticas, sin cambio alguno. En efecto, "la Ley que crea la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión" y establece sus funciones, publicada en la Gaceta Oficial del Estado el 20 de noviembre de 1993 siendo gobernador Diódoro Carrasco Altamirano asegura no es un medio de Estado, sino un medio al servicio del gobernador. II.- Un Secretario Técnico que será el Director General de la "CORTV"; El Director General será designado por el Titular del Ejecutivo; Seis Vocales que serán: a).- El Secretario General de Gobierno; H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; b).- El Secretario de Finanzas; c).- El Secretario de Administración; d).- El Director del Instituto de Educación Pública de Oaxaca; e).- El Coordinador General de Comunicación Social del Gobierno del Estado; y, f).- El Coordinador General de Asesores del Titular del Ejecutivo; IV.- Un Comisario que será el Delegado Contralor o el representante de la Secretaría de la Contraloría. Los suplentes de los Titulares de la Junta Directiva, serán los servidores públicos que indique el Titular del Poder Ejecutivo". Como se puede observar todos y cada uno de los miembros son servidores públicos nombrados y removidos por el Gobernador y representan sólo su voz.
 
En Puebla, en su plataforma electoral, el candidato Rafael Moreno Valle prometió "impulsar la democratización de los medios de comunicación; las televisoras y radiodifusoras del estado garantizarán una difusión noticiosa, contenidos culturales, educativos y de entretenimiento con la debida objetividad y pluralidad". Tampoco ha pasado absolutamente nada. El Decreto que crea el Sistema de Información y Comunicación del Estado de Puebla del 31 de julio de 1998, dispone en su artículo 7 que "La Junta de Gobierno será la máxima autoridad del SICOM y estará conformada por: I. Un Presidente que será el Secretario de Educación Pública del Estado; II. Un Secretario Técnico que será el Secretario de Finanzas del Estado, y III. Vocales que serán: a). El Secretario de Gobernación; b). El Secretario de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública; c). El Secretario de Desarrollo Económico; d). El Secretario de Turismo; e). El Secretario de Desarrollo Rural; f). El Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología; g). El Secretario de Comunicaciones y Transportes; h). El Secretario de Salud; i). El Secretario de Cultura; j). El Director General del SICOM; k). Dos representantes del sector social invitados por el Gobierno del Estado, y l). Dos representantes del sector privado invitados por el Gobierno del Estado. Como se puede apreciar, sucede lo mismo que en Oaxaca.
 
Segundo. Al igual que en Oaxaca, en Cuba, Venezuela y Corea del Norte los medios "del Estado" son idénticos. A la ley me remito para probar esta afirmación. Además de las restricciones de la Ley de Responsabilidad Social de la Radio y Televisión, al igual que en Puebla y Oaxaca, el artículo 11 de la Ley de Educación de la República Bolivariana de Venezuela dispone que "Los medios de comunicación social son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo; en consecuencia, aquellos dirigidos por el Estado serán orientados por el Ministerio de Educación y utilizados por éste en la función que les es propia." Lo mismo sucede en Cuba y a imagen y semejanza de Puebla, el decreto 46/29 de medios del pueblo de la autoritaria República de Corea del Norte en la que se inspiraron Puebla y Oaxaca, reproducen el espíritu de control absoluto del gobierno a nombre del "pueblo trabajador".

Tercero. En las democracias se prima, por el contrario, la presencia de los distintos sectores de la sociedad política y civil. En Bélgica, la Ley del 17 de julio de 1987 establece que el Conseil Supérieur de l´Audiovisuel debe estar compuesto por 25 miembros entre profesionales de la televisión, asociaciones de prensa y asociaciones de consumidores. En la República Checa, la Ley del 21 de febrero de 1992 dispone que el Council for Radio and Television Broadcasting debe estar integrado por nueve personas nombradas por un periodo de seis años por el Parlamento entre miembros de la sociedad civil, siendo ineligibles funcionarios públicos o personas con conflictos de intereses en los medios. ¿Para qué invertir con cargo al presupuesto público en medios donde únicamente tienen acceso quien discrecionalmente decide el gobernador o alguno de sus subordinados? ¿Por qué invertir en medios que carecen de toda responsabilidad ética frente al público, a pesar de que es éste el que sufraga su operación? Y en todo caso, ¿Por qué debe la sociedad pagar el manejo de imagen del gobernador, que puede usar a su libre juicio los medios de gobierno? Se trata, pues, de un debate que no se ha dado como es debido. Es inmoral que Moreno Valle y Gabino Cue se sigan aprovechando de la ignorancia colectiva para destinar recursos económicos de la sociedad a fines ajenos al interés público.

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