10 de diciembre de 2012

ALCALDES DE LA ZONA CENTRO, LOS PRINCIPALES AGRESORES DE LOS DERECHOS HUMANOS: ONG

LOS EDILES DE TODOS LOS MUNICIPIOS REALIZAN ACCIONES Y FORMULAN REGLAMENTOS SIN CONSULTAR AL CIUDADANO Y SIN ESCUCHAR A LOS AFECTADOS EN SUS DERECHOS O INTERESES S FOTO AVC NOTICIAS
Orizaba, Ver.- Los alcaldes de la zona centro del estado “se convirtieron en los principales represores de los derechos humanos”, la indolencia de su función provoca un estado de agresión contra la población. Esa indiferencia es compartida con los poderes Judicial y Legislativo “en los juzgados la justicia se aplica por influencias de los litigantes y los legisladores se convirtieron en servidores de sus partidos políticos”, refirió Juan Vega Zamudio, vicepresidente del Centro Pro-Derechos Humanos Voces de las Altas Montañas.
“Los alcaldes se rigen bajo una política que no sólo fomenta la participación ciudadana, sino todo lo contrario, la restringe y la desaliente, descalifica y rechaza cualquier forma de criticismo, esto afecta varios derechos fundamentales del ciudadano”, señaló.
Asimismo manifestó que los munícipes violan derechos fundamentales: “el de petición, de información, expresión, reunión, asociación, educación, pero sobre todo el de audiencia, los ediles de todos los municipios realizan acciones y formulan reglamentos sin consultar al ciudadano y sin escuchar a los afectados en sus derechos a intereses. En la toma de decisiones importantes, los ciudadanos tienen nula participación, y si critican, son etiquetados como conflictivos y lejos de incluirlos, se les trata de aislar o de hacer escario con el propósito de silenciar sus opiniones” explicó.
Se administran las ciudades y municipios con una clara preferencia por atender y privilegiar a los sectores con mayores ingresos, no se respeta el principio de igualdad, tanto en materia de inversión de recursos como de atención a los ciudadanos, añadió.
Sin embargo, existen otras áreas como la procuración y administración de la justicia en donde el problema es igual o mayor, “siendo el agente del Ministerio Público el único facultado para determinar que hechos delictuosos o conductas antisociales deben ser turnadas a juicio, con este hecho se les faculta para prejuzgar con el ejercicio o no de la acción penal, previo a que el juez tenga conocimiento del caso”.
El Poder Judicial “no administra justicia, en los juzgado se aplica la Ley en función de la capacidad de los litigantes y sus abogados, por ende personal sin recursos políticos o económicos van a ser de manera sistemática los condenados en las sentencias respectivas”.
Por otro lado, calificó a los legisladores locales y federales como servidores públicos “supeditados a la línea política de sus partidos e intereses particulares. En este contexto se deduce que no hay verdaderos ciudadanos, donde no hay participación y tampoco certeza jurídica además de sus derechos universales no son respetado”, concluyó.

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