27 de diciembre de 2014

LA PENALIZACIÓN DEL ABORTO SOLO CASTIGA A “MUJERES POBRES” EN EL SALVADOR.

También en el territorio mexicano, varias entidades se gobierna con una visión mojigata y de doble moral, es el caso de Guanajuato.
Despenalizar significa dejar de tipificar como delito una conducta (en este caso el aborto) castigada por la legislación penal, usualmente con penas de cárcel. En este caso específico significa que las mujeres que consienten un aborto y el personal de salud que se los realiza, no deban enfrentar un proceso judicial.

Es usual que en ciertos países, especialmente en América Latina, la despenalización del aborto se permita en ciertas causales, es decir, por causas que se consideran una excepción al delito del aborto, por ejemplo cuando el embarazo pone en riesgo la salud o la vida de la mujer, cuando el embarazo es resultado de alguna forma de violencia sexual, cuando el feto tiene alguna malformación que no le permitirá sobrevivir más allá del parto o cuando la mujer se encuentra en condiciones de pobreza.

Que el aborto esté penalizado no impide que suceda, lo que sí logra es empujar a las mujeres que lo buscan a la clandestinidad, exponiéndolas a múltiples peligros para su salud, su integridad física y hasta su vida.

Las 129 salvadoreñas acusadas de aborto entre el 2000 y 2011, de las que 29 están encarceladas, son empleadas domésticas, amas de casa, estudiantes, obreras o vendedoras ambulantes, entre otras, según la organización no gubernamental Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico.

“Este es un problema de mujeres pobres, de injusticia social”, resumió la presidenta de la Agrupación Ciudadana, Morena Herrera.

La dirigente agregó que las 129 procesadas, “todas, sin excepción, son mujeres que viven en situación de pobreza, jóvenes y con bajo nivel educativo”.

Un informe de la Agrupación presentado en San Salvador señaló que entre esas 129 mujeres acusadas de aborto hay 49 amas de casa, 24 empleadas domésticas, 17 estudiantes, 10 obreras, empleadas de comercio o meseras, siete empleadas institucionales y tres obreras agrícolas; las otras 19 se incluyen en otras actividades.

Herrera sostuvo que los casos “en realidad no son abortos provocados, sino que se trata generalmente de partos sin asistencia médica” , en los que las mujeres “tienen complicaciones” .

Antes de 1997, el aborto era criminalizado en El Salvador, aunque existían tres excepciones: el ético, el terapéutico y el eugenésico, pero en 1998 se penalizó en todas sus formas, con castigo de dos a ocho años de cárcel, que el informe califica de “draconiano”
Pero Herrera señaló que en muchos casos de mujeres acusadas de aborto “la Fiscalía cambia el tipo de delito y las terminan procesando por homicidio agravado contra su hijo”, lo que eleva las penas hasta 30, 40 o 50 años de prisión.

Según el informe, de las 129 mujeres procesadas, 68 lo fueron por “aborto consentido y propio” ; 60 por “homicidio simple y agravado”, y una por “abandono y desamparo de persona” .

Entre los casos más recientes, Herrera dijo en Mejicanos, cerca de San Salvador, “una trabajadora de maquila tiene una de las penas más altas, que es de 40 años”  de prisión. Aparte de esas 129 mujeres, el informe señala que al menos 24 menores fueron procesadas en 13 de los 20 Juzgados de Menores, 17 por aborto y siete por homicidio agravado, aunque ninguna fue condenada.


Herrera señaló que todas las denuncias de aborto proceden de los hospitales públicos, “ninguna es de hospital privado” , donde, si a una mujer “le provocan el aborto o (llega con problemas y) le terminan el aborto, no pasa nada” .

Esta no es una situación ficticia. Está ocurriendo hoy en El Salvador 

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