18 de enero de 2015

JUEZA IMPRUDENTE/CORRUPTA DE VERACRUZ ME AMENAZA CON ACCIÓN PENAL POR SU PROPIA NEGLIGENCIA/CORRUPCIÓN

Jueza Imprudente/Corrupta de Veracruz me amenaza con acción penal por su propia negligencia/corrupción.
montelongoEn Córdoba, Veracruz desempeña una abogada la profesión de Juez en el Juzgado Segundo de Primera Instancia. Tengo vencido a mi contra-parte en un juicio especial hipotecario radicado bajo el número 1178/2011. En diciembre 2014, la Jueza en cita, Lic. Patricia Montelongo Guerrero resolvió sobre una planilla de liquidación por mi parte en un sentido contrario a mis intereses. Por tanto decidí interponer una apelación. Dentro del escrito de la misma apelación incluí una tesis de jurisprudencia que resolvió que procede la apelación en contra de las resoluciones de planillas de liquidación a pesar de una disposición en el Código Procesal que indique que no procede dicho recurso. Esta jurisprudencia es famosa para cualquier Juez o litigante experimentado en materia civil en el Estado de Veracruz.
A pesar de la Jurisprudencia que es más clara que el aire en la cima del pico de Orizaba, la Jueza desechó la apelación y a la vez me amenaza con una acción penal por interponer un recurso frívolo. (Artículo 52 del Código Procesal del Estado de Veracruz.) Si la Jueza solo quisiera manifestar su desacuerdo de manera profesional, pudiera citar como fundamento el artículo 515 del Código Procesal que dice:
ARTICULO 515 Interpuesta una apelación el juez la admitirá sin substanciación alguna, si fuere procedente, expresando si la admite en ambos efectos o en uno sólo.
Pero no era así. En su afán de hacer un “bully”, decidió fundamentar su rechazo en estos términos.
Los tribunales no admitirán nunca recursos notoriamente frívolos o improcedentes; los desecharán de plano, sin necesidad de substanciación alguna; y en su caso, consignarán el hecho al Agente del Ministerio Público, para que se apliquen las sanciones del Código Penal.
Yo no se si la Jueza es negligente o corrupta. Al investigar la Ley antes de confeccionar este escrito, descubrí que no solo hay una tesis de jurisprudencia sobre las planillas en el Estado de Veracruz. Hay dos.
Puede ser que ella solo es imprudente. Solo conocí una vez la Jueza personalmente. Como sabía que tiene varios posgrados en materia de derecho, inicié una conversación respecto a las teorías de adjudicación judicial y tendencias modernas de adjudicación en México y el rechazo generalizado del positivismo fuerte del corte Hans Kelsen. Sus ojos revelaron que ni tenia la menor idea de que estuve diciendo. Es posible que eran sus proyectistas que estaban haciendo sus tareas de posgrado.
Al otro lado, tal vez es corrupta. Es difícil creer que un Juez no sabe de las Tesis de Jurisprudencia arriba citadas. También, ella sabe que ya tengo en tramite una Queja Administrativa en su contra respecto a su desempeño durante una audiencia de remate en el mismo caso. O como me comentan unos litigantes de Córdoba, la Jueza tiene una relación personal con la Abogada de mi contra-parte. (Nunca he confirmado si esto es cierto o no.)
Vivo en Veracruz y cerca de Catemaco. Pero, no soy brujo. Yo no se si la Jueza es imprudente o corrupta. Ahora lo único que puedo hacer es: a) interponer otra Queja Administrativa y b) Interponer una denuncia penal por el delito de imprudencia profesional y c) Llevar el asunto al público y más que nada a la comunidad de abogados con la pretensión de persuadir al Consejo de la Judicatura de Veracruz a mandar a esta Jueza de Primera Instancia a la sierra de Zongolica o Huayacocotla para minimizar el daño que pudiera hacer en el futuro.
John Lee Ward

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