16 de julio de 2014

SANCIONA TEPJF A JAVIER DUARTE POR ACUDIR A EVENTO PROSELITISTA CUANDO EPN ERA CANDIDATO

La Sala Superior consideró que la solicitud de licencia sin goce de sueldo, no es suficiente para resguardar el principio de imparcialidad y equidad de la contienda

En la justicia pronta y expedita, con voto dividido los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron que sí violaron el principio de equidad el gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, el ex subsecretario de Finanzas y Planeación, Gabriel Deantes Ramos, Javier Muñoz Ruíz, coordinador de asesores y Jorge Alejandro Carvallo Delfín, diputado local de esa entidad, desde el momento en que asistieron a una actividad proselitista del entonces candidato del PRI y hoy presidente, Enrique Peña Nieto.

Durante la larga discusión de casi dos horas, los magistrados, Manuel González Oropeza, Pedro Esteban Penagos López y Flavio Galván Rivera, manifestaron su disenso con el proyecto de sentencia presentado por Salvado Olimpo Nava Gomar.
Argumentaron que la asistencia de los servidores públicos veracruzanos, entre ellos el gobernador, Javier Duarte de Ochoa, no afectaron el principio de equidad e imparcialidad, gozaban de una licencia para ausentarse de sus funciones en día hábil, el evento priista no era público sino a puerta cerrada y dirigido a los militantes del partido, no se demostró que hayan destinado recursos públicos a dicha actividad.

Al respecto el magistrado Manuel González Oropeza.
“el evento no era público y, por lo tanto, no era abierto al público. No hay un acto de proselitismo desde ese punto de vista. Se da en el contexto de la campaña del entonces candidato, ahora Presidente de la República, pero el evento fue privado, fue una comida en un local que no podía albergar a lo mismo que puede albergar un centro de convenciones, evidentemente, fue por invitación, fue financiado por el propio partido o por los militantes, dirigido exclusivamente a los militantes del partido en cuestión, del PRI, no a la ciudadanía en general, como fue el caso de Tampico, y por lo tanto, se haya dicho lo que se haya dicho o se haya hecho lo que se haya hecho en esa comida privada, no, realmente no afecta ninguna equidad”.

Para defender su ponencia, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, dijo que por el hecho de que se “pida una licencia, no exime” al representante popular del cumplimiento al artículo 134 constitucional.

Además de que en el evento proselitista el gobernador veracruzano, emitió un mensaje de apoyo al hoy presidente, Enrique Peña Nieto.

“En autos constan 58 notas periodísticas en donde consta que el señor gobernador del Estado dio un mensaje de proselitismo para apoyar al candidato de su partido. Que pida una licencia, creo que no lo exime del cumplimiento del artículo 134 de la Constitución. El mencionado precepto constitucional tutela el principio de equidad y de imparcialidad, el mensaje del gobernador que consta en 50 y tantas notas periodísticas creo que no muestra imparcialidad, es completamente parcial a favor lógicamente del candidato de su partido, y al ser difundido a toda la población del Estado en los medios de comunicación creo que sí vulnera el principio de equidad y atendiendo a la naturaleza de su función el líder de un Estado, líder político, es el gobernador del mismo, creo –con mucho respeto- que es casi una cuestión de sentido común que eso puede influir en los procesos electorales o en la voluntad de la ciudadanía.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López, justificó que su voto en contra de la ponencia es porque no hay evidencia de que los servidores públicos del estado de Veracruz, hayan hecho uso de recursos del erario de la entidad.

“Y en el caso de las constancias de autos se advierte que no se utilizaron recursos públicos en la realización del evento proselitista de carácter partidista, primero porque su organización no estuvo a cargo de los servidores públicos denunciados o del gobierno del Estado de Veracruz, sino que estuvo a cargo del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en aquella entidad federativa, esto es, a cargo del partido político. En segundo lugar, está demostrado que previo a acudir a dicha reunión los servidores públicos de aquella entidad federativa, los denunciados realizaron los trámites conducentes a efecto de que el 4 de abril de dicha anualidad se pudieran ausentar de sus funciones sin goce de sueldo; esto es, además de que no se destinaron recursos públicos para la organización de tal evento fue el lugar cerrado y los servidores públicos pidieron permiso sin goce de sueldo, o en su caso avisaron que no asistiría en sus funciones”.

Al sumarse a la ponencia, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa señaló que el Estado mexicano ha optado por la restricción absoluta de la promoción personalizada de los servidores públicos en la propaganda gubernamental, así como de exigir su actuación imparcial.
En ese sentido, destacó que con las adiciones al artículo 134, el modelo constitucional pretende la actuación neutral, imparcial en el ejercicio del servicio público.

Precisó que los servidores públicos están impedidos de asistir, con o sin licencia, a un acto proselitista en días y horas hábiles en el marco de una campaña política. 
“No pueden dejar la función pública, es cierto que no dejan la función pública el fin de semana, claro que no, pero ahí está la restricción razonable. Y si en un fin de semana un servidor público va a apoyar un acto partidista y desviar recursos, cuidado, estamos en otra situación, con licencia, sin licencia, lo que debe de evitarse es el desvío de recursos públicos por una parte, por un lado, pero por otro lado lo que percibe el 134 constitucional, y lo hemos dicho en sendos precedentes en esta Sala, es la actuación neutral del servidor público, la actuación imparcial del servidor público. Hemos resuelto asuntos en donde hemos inclusive señalado que no se necesita probar el desvío de recursos públicos y que la ratio del 134 constitucional, es precisamente la actuación neutral e imparcial del servidor público”.

Luego de casi dos horas de discusión, los magistrados determinaron devolver al INE el proyecto, para que vuelva hacer las diligencias correspondientes.
Al respecto escuchemos la sentencia en voz del magistrado presidente el Tribunal Electoral Federal, José Alejandro Luna Ramos.

“La autoridad deberá realizar los actos y ordenar las diligencias señaladas en la ejecutoria. Tercero.- El Consejo General deberá emitir una nueva resolución, en los términos señalados en este fallo. Cuarto.- Dicho órgano deberá notificar al actor e informar el cumplimiento dado a esta sentencia, en los términos señalados en la misma”.


ORDENAN AL INE SANCIONAR A JAVIER DUARTE POR PROSELITISMO

El Tribunal Electoral determinó que el gobernador de Veracruz y tres funcionarios de su administración violaron la ley al asistir en un día hábil a un acto proselitista cuando Peña era candidato.
Por cuatro votos a favor y tres en contra, el pleno del Tribunal revocó la resolución del entonces IFE que declaró infundada la queja.

Por cuatro votos a favor y tres en contra, el pleno del Tribunal revocó la resolución del entonces IFE que Declaró infundada la queja.
 (Cortesía TEPJF)
El gobernador de Veracruz, Javier Duarte, y tres de sus funcionarios violaron la ley al asistir en un día hábil a un acto proselitista cuando Enrique Peña Nieto era candidato a la Presidencia de la República, determinó el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
Por mayoría de votos, con cuatro a favor y tres en contra, el Tribunal revocó la resolución del entonces IFE que había declarado infundada la queja contra el gobernador de Veracruz, quien junto con otros servidores de su administración asistió el 4 de abril de 2012 a un acto de campaña de Peña Nieto.
El TEPJF concluyó que Javier Duarte, Gabriel Deantes Ramos, Francisco Javier Muñoz Ruiz y Jorge Alejandro, ex subsecretario de Finanzas y Planeación, coordinador de asesores y diputado local de Veracruz, respectivamente, infringieron el artículo 134 de la Constitución y violaron los principios de equidad, imparcialidad, objetividad y certeza que rigen la materia electoral.
Los magistrados que votaron a favor consideraron que la solicitud de licencia, sin goce de sueldo, no es suficiente para resguardar el principio de imparcialidad y equidad, que debe prevalecer en la contienda, ya que los funcionarios asistieron en días y horas hábiles.
Salvador Nava Gomar, magistrado que elaboró el proyecto de sentencia, señaló que todo acto proselitista tiene la finalidad de ganar adeptos, "máxime si se trata del gobernador de la entidad, quien además emitió un mensaje que trascendió a los medios de comunicación, con lo cual influyó hacia el electorado".
En tanto, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa precisó que los servidores públicos están impedidos de asistir, con o sin licencia, a un acto proselitista en días y horas hábiles en el marco de una campaña política.
Ante ello, el INE deberá emitir una nueva resolución y sancionar a los funcionarios.
MILENIO DIGITAL

JAVIER DUARTE VIOLÓ LA CONSTITUCIÓN AL IR A EVENTO DE EPN: TRIFE


Javier Duarte, gobernador de Veracruz. Foto: Yahir Ceballos
Javier Duarte, gobernador de Veracruz. Foto: Yahir Ceballos
MÉXICO, D.F. (apro).- El gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, violó la Constitución Política en la pasada elección presidencial y deberá ser sancionado por el Instituto Nacional Electoral (INE).
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) así lo estableció en su sesión del miércoles al revocar una resolución del INE, que había amparado al gobernador y a tres de sus funcionarios.
Junto con Duarte deben ser sancionados Gabriel Deantes Ramos, exsubsecretario de Finanzas y Planeación; Francisco Javier Muñoz Ruiz, coordinador de asesores, y Jorge Alejandro Carvallo Delfín, entonces diputado local, luego secretario particular de Duarte y ahora secretario de Desarrollo Social del estado.
Por cuatro votos a tres, el pleno de la Sala Superior del TEPJF encontró que Javier Duarte y sus funcionarios violaron el artículo 134 de la Constitución al acudir a un acto proselitista del entonces candidato presidencial de la alianza Compromiso por México, formada por el PRI y el PVEM, Enrique Peña Nieto, el 4 de enero de 2012.
La Sala Superior señaló que no basta la solicitud de licencia sin goce de suelo para resguardar los principios de imparcialidad, equidad, objetividad y certeza establecidos en ese artículo constitucional.
Los funcionarios se distrajeron de sus funciones al acudir en días y horas hábiles a un acto proselitista en lo que puede constituir un uso indebido de recursos públicos para influir en la equidad de la contienda, estableció el proyecto de resolución elaborado por el magistrado Salvador Nava Gomar.
Apoyada por los magistrados María del Carmen Alanís, Constancio Carrasco Daza y Alejandro Luna Ramos, la resolución estableció que la solicitud de licencia sin goce de sueldo no es suficiente para resguardar los principios constitucionales en materia electoral.
Todo acto proselitista tiene la finalidad de ganar adeptos, máxime si se trata del gobernador del estado, quien además ese día dio un mensaje que se dio a conocer en los medios de comunicación, con lo cual influyó en el electorado, señaló Nava Gomar.
En contra del proyecto votaron los magistrados Manuel Gonzáles Oropeza, Pedro Esteban Penagos y Flavio Galván Rivera.
El TEPJF revocó una resolución del INE que había declarado infundado el procedimiento sancionador contra Duarte y sus colaboradores, pero ahora la autoridad electoral deberá proponer una sanción contra los responsables de violar la Constitución.
PROCESO

FAMILIA MEXICANA SÓLO PUEDE COMPRAR 34% DE LA CANASTA BÁSICA

México es una fábrica de pobres donde el poder adquisitivo registró una caída de 77.79% de 1987 al 2014, por lo que una familia puede comprar sólo 34% de una canasta de productos recomendables con unsalario mínimo, detalla un estudio de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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-La investigación a nivel nacional utilizó una canasta de 40 productos recomendables para la alimentación del mexicano elaborada por el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición, la cual tuvo un valor en los supermercados de 195.3 pesos, 186.3 pesos en mercados públicos y 172.4 pesos en tianguis o mercados sobre ruedas.
Con base en el salario mínimo de 67.29 pesos, los investigadores explicaron que la pérdida del poder adquisitivo para la canasta de productos recomendables cayó 63.25% hasta diciembre del 2006 y alcanzó una baja de 77.79% para abril del 2014, ya que el salario real tuvo caídas constantes y la canasta aumentó de valor.
“El salario mínimo diario general para el 2014 es de 67.291; sin embargo, el ingreso que se requiere para adquirir solamente los alimentos nutricionalmente recomendados —y que constituyen la canasta alimenticia recomendable— tendría que ser de 184.96 pesos por día; por tanto, habría que aumentar 117.67 pesos al salario mínimo diario”, señala la investigación.
El estudio señala además que los trabajadores podrán comprar cada vez menos debido a la política pública de contener y regular su pago con topes salariales de no más del 4% anual en promedio.
“El número de trabajadores que no logran comprar los alimentos que integran la canasta recomendable por ser insuficiente su ingreso son 10 millones 349 mil trabajadores para el año 2013, los cuales no rebasan los dos salarios mínimos diarios”, apunta.
Con la actual política salarial, el estudio prevé que el ingreso necesite 47 años para alcanzar una verdadera recuperación, es decir, sería en el año 2061 cuando el trabajador que gana un salario mínimo diario podrá comprar los alimentos de la canasta recomendable.
Tiendas de autoservicio: 
En este contexto, las tiendas de autoservicio son los puntos de venta con los precios más altos con incrementos de precios de hasta 13% en comparación con mercados públicos y tianguis, lo cual contradice la propaganda de cadenas como Walmart, Soriana, Chedraui y Comercial Mexicana sobre los mejores precios, añade la investigación.
“Estas diferencias de precios repercuten directamente sobre el ingreso de trabajadores y trabajadoras; por ejemplo, la diferencia entre el precio de la canasta en el supermercado y el tianguis es de 22.87 pesos por día; al calcular esta diferencia en un mes es 686.06 pesos”, precisa. (El Universal)

ADIÓS A LOS SUBSIDIOS DE GAS, LUZ Y GASOLINAS

Paliativos
Andrea Becerril

Periódico La Jornada
Miércoles 16 de julio de 2014, p. 8
Eliminar los subsidios generalizados al consumo de gasolina, gas y electricidad, con miras a que sólo se beneficien los sectores de la población marginados en zonas rurales y urbanas, y adelantar la entrada de empresas extranjeras que tendrán a su cargo las gasolineras en el país, son parte de los cambios que ayer, a propuesta del PAN, se introdujeron en los dictámenes de las leyes secundarias en materia energética.
En el artículo 130 de la Ley de la Industria Eléctrica, que ayer se votó en comisiones del Senado, se indica que ‘‘el Ejecutivo deberá diseñar una estrategia para sustituir los subsidios generalizados por subsidios focalizados’’.
Asimismo, en la Ley de Hidrocarburos se adelanta para el primero de enero de 2016 la entrada de gasolineras extranjeras al país y la importación de gasolina por particulares, en 2017, dos años antes de lo previsto.
En lo que se refiere a los precios de la gasolina, éstos se liberarán a partir de 2018, en que se determinarán bajo las condiciones del mercado. El Ejecutivo federal podrá regularlos en 2017, pero serán ajustados ‘‘de forma congruente con la inflación’’. Todos esos plazos, sin embargo, podrán reducirse aún más si la Comisión Federal de Competencia considera que hay condiciones para ello.
Paliativos
Para paliar la desaparición de subsidios, en el artículo 124 de la Ley de Hidrocarburos se señala: ‘‘Las secretarías de Hacienda, de Energía y de Desarrollo Social evaluarán la conveniencia y en su caso instrumentarán programas de apoyos focalizados que tengan como objeto coadyuvar con el suministro adecuado y oportuno, a precios asequibles, de combustibles de consumo básico en zonas rurales y urbanas marginadas’’.
La eliminación de subsidios, que implicará fuertes alzas en la electricidad –de por lo menos 40 por ciento, consideró el dirigente del SME, Martín Esparza–, el gas y en la gasolina, fue justificada por el priísta David Penchyna y por el coordinador panista, Jorge Luis Preciado.
‘‘A ver qué dice el pueblo’’

Por la noche, el ex candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador aseguró vía Twitter que ‘‘en esos antros en que se han convertido las cámaras se privatizará el petróleo’’. Sin embargo, agregó, ‘‘falta lo que disponga el pueblo en la consulta ciudadana’’ que impulsa para junio de 2015.
LA JORNADA

EN DOS HORAS, PRI Y PAN APRUEBAN DICTÁMENES DE LA REFORMA ENERGÉTICA

 Foto
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Periódico La Jornada
Miércoles 16 de julio de 2014, p. 7
En poco más de dos horas, las comisiones de Energía y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron en lo general y lo particular los cuatro dictámenes de las leyes secundarias de la reforma energética, con más de 250 modificaciones al articulado propuestas por el PAN, que se avalaron sin discusión.
Entre los cambios del blanquiazulestán la desaparición del término ‘‘expropiación’’, el cual será sustituido por ‘‘ocupación temporal’’ de predios, y otras disposiciones en torno al pago a campesinos, ejidatarios y comunidades indígenas por la afectación de sus tierras para la explotación del petróleo y la construcción de instalaciones eléctricas.
Una vez aprobados los cuatro dictámenes, que aglutinan las 17 leyes reglamentarias de la reforma a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, la Permanente citará hoy a un periodo extraordinario en el Senado a partir del jueves, comentó el coordinador del PRI, Emilio Gamboa Patrón.
Los cambios en materia de ocupación de tierras –lo que senadores perredistas han calificado de ‘‘despojo’’– estuvieron entre los pocos artículos reservados que el PAN argumentó en tribuna. La mayoría sólo se enunciaron y aprobaron en bloque. ‘‘Acción Nacional no iba a permitir que los campesinos fueran abusados (sic) por los contratistas, por empresas petroleras o gaseras’’, sostuvo el panista Salvador Vega Casillas. Dijo que propusieron eliminar el término ‘‘expropiación’’ para que los propietarios rurales no pierdan sus tierras.
Habrá, dijo, una ‘‘recompensa justa por las molestias, por el daño’’ e incluso ‘‘una ganancia si se encuentran en sus tierras hidrocarburos y son explotados comercialmente’’.
Frente a ese discurso, se mantuvieron en las leyes de hidrocarburos y en la de la industria eléctrica disposiciones que permiten a las petroleras extranjeras disponer de tierras, bosques y aguas, las que podrán comprar o rentar. Se establece la obligación de ejidatarios, comuneros y productores privados de entregar sus tierras y bosques a trasnacionales a través de la figura denominada ‘‘servidumbre legal’’, que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) tramitará ante el Ejecutivo, en caso de que en un plazo de 10 días, luego de la contraprestación sugerida por la dependencia, los afectados no acepten.
Vega Casillas sostuvo que bajo ese modelo, ‘‘los campesinos y los propietarios de la tierra serán enormemente beneficiados por toda la riqueza que encuentren en sus propiedades’’. Sin embargo, ni siquiera se fija el porcentaje de la ganancia que corresponderá al afectado por sus tierras, y se deja a la Secretaría de Energía (Sener) ‘‘elaborar las metodologías, parámetros y lineamientos que podrán servir de referencia para determinar el porcentaje’’, cita el inciso C del numeral V del artículo101 de la Ley de Hidrocarburos.
En entrevista, el panista Francisco García Cabeza de Vaca sostuvo que en la discusión ante el pleno lo anterior se modificará para establecer que las empresas petroleras están obligadas a dar de 0.5 a 1.5 por ciento de sus ganancias al dueño del predio en cuyo subsuelo se exploten crudo o gas.
Ente las modificaciones aprobadas está que ese porcentaje no deberá ‘‘inhibir la competitividad ni representar una carga desproporcionada a las actividades’’ de la petrolera extranjera.
El panista detalló que, para evitar abusos de las trasnacionales, los pagos a los propietarios de la tierra deberán constar en un contrato por escrito, que será revisado por el propio Ejecutivo federal. Se les deberá pagar de manera adicional, dijo, por las actividades que ya no podrán llevar a cabo, como son la siembra y la ganadería.
Se mantiene la posibilidad de que a cambio de su tierra los ejidatarios, comuneros o particulares puedan ser contratados por la empresa trasnacional como ‘‘empleados’’, al igual que a familiares o miembros de la comunidad en que se establezca la explotación de petróleo o gas.

Finalmente se suavizaron parte de las disposiciones que el PRD ha calificado de ‘‘abusivas’’. Se indica, por ejemplo, que ‘‘el ejido, los ejidatarios, comunidades o comuneros podrán solicitar la asesoría y en su caso representación de la Procuraduría Agraria en las negociaciones’’.

CONVOY QUE TRANSPORTABA AL GOBERNADOR DUARTE ATROPELLA A UN JOVEN DISCAPACITADO Y LO ABANDONA EN LA CALLE

PARA LA GENTE DE DUARTE TOTAL IMPUNIDAD...
El atropellado. Foto: Rubén Espinosa, Cuartoscuro


Ciudad de México, 14 de agosto (SinEmbargo).– Un joven de 19 años, que responde al nombre de José Luis Villa Delgado, fue atropellado por una camioneta Suburban con placas YDN-85-25 propiedad de Ayudantía de Gobierno del Estado al terminar el evento protocolario con motivo de “embellecimiento del Mercado Jáuregui”, encabezado por el Gobernador Javier Duarte. 

El joven fue orillado por elementos encargados de la seguridad del mandatario veracruzano para que la camioneta que lo arrolló y que escoltaba al Gobernador pudiera seguir su camino. El convoy de Duarte no esperó a las autoridades viales. 

De acuerdo con la prensa local, el joven es discapacitado. “En la calle Altamirano, cuando salían los vehículos de la Ayudantía del Gobernador, uno de éstos alcanzó al joven con discapacidad, quien de manera accidental fue empujado por las personas que abandonaban el acto”, dijo un medio electrónico. Minutos después llegó una ambulancia de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) para auxiliar al herido y llevarlo a un hospital de la zona, ya que al parecer sufrió fractura de tobillo. 

Un video difundido por las redes sociales mostraba el momento en que el joven es orillado por uno de los escoltas del mandatario veracruzano, sin embargo el material fue bajado de la red por el usuario de la cuenta, aunque otras personas lograron rescatarlo y volver a subirlo a la red.

Este contenido ha sido publicado originalmente por SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/14-08-2013/719968.