18 de septiembre de 2025

ASPECTOS LESIVOS DE LA NUEVA PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE AMPARO


Michoacán, a 18 de septiembre de 2025 

“TODO EL QUE SE QUEJE CON JUSTICIA TENGA UN TRIBUNAL

QUE LO ESCUCHE, LO AMPARE Y LO DEFIENDA CONTRA EL ARBITRARIO”

JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN

Mientras los mexicanos nos encontrábamos conmemorando el inicio de la revolución de independencia, el ejecutivo federal bajo representación de la presidente de la república Claudia Shienbaum Pardo envió al legislativo una nueva propuesta de reforma a la Ley de Amparo, la cual incluye algunos puntos que resultan lesivos a los derechos colectivos del pueblo. 

En la reforma al artículo 5º de la Ley de Amparo el ejecutivo federal busca imponer que cuando se trate de interés legítimo “… la norma, acto u omisión reclamados deberá ocasionar en la persona quejosa una lesión jurídica real, actual y diferenciada del resto de personas, …”. Tal adición es contradictoria al concepto del interés legítimo que consiste en un interés personal, individual o COLECTIVO, cualificado, actual, real y jurídicamente relevante que en caso de ser concedido –el amparo y la protección de la justicia federal- se traduce en un beneficio amplio de carácter económico, profesional, de salud, educación, trabajo o cualquier otra cosa.

Bajo el interés legítimo ha sido posible defender los derechos colectivos del pueblo como lo son la salud, el agua, el medio ambiente, la vivienda, la educación, petición y otros que son fundamentales conforme a la Constitución Mexicana, por lo que la redacción propuesta para reformar el artículo 5º tiende a limitar el acceso a la defensa de los derechos colectivos a través del Juicio de Amparo, pues abre la puerta para declarar la improcedencia del mismo, dejando a muchas personas, organizaciones y colectivos en estado de indefensión ante violaciones a sus derechos humanos, lo cual es también una violación al derecho a la asociación y organización.

En cuanto a la suspensión del acto reclamado, este ha sido una medida cautelar en el Juicio de Amparo que permite proteger a las personas en lo que se resuelve y dicta sentencia. Así se ha logrado que ante la omisión del Estado Mexicano de proveer tratamiento médico a una persona que se le ha negado por alegar una y otra causa, se le restituya su derecho a la salud y atención médica, así mismo, se han logrado frenar obras que afectan los derechos colectivos de comunidades agrarias e indígenas afectadas y se protege al trabajador que ha sido despedido injustificadamente; sin embargo, alegando el interés público y social se busca limitar la suspensión a través de supuestos que lo hacen un medida privilegiada para unos cuantos.

Cuando en la reforma se alega que se tramitará la petición de suspensión cuando se tenga certeza de la existencia del acto reclamado, está emitiendo un juicio a priori porque en primer lugar cuestiona a la legitimidad de la parte quejosa, así mismo, niega toda suspensión cuando se trate de normas generales que resulten lesivas a los derechos fundamentales y en lo que respecta a la lesiva e inquisitoria figura de la prisión preventiva oficiosa, niega el derecho a la presunción de inocencia. El Estado mexicano se ve en la necesidad de limitar el recurso de amparo en esta materia porque en diversos juicios se ha demostrado que la prisión preventiva oficiosa es violatoria a los derechos humanos y es inconvencional respecto a los tratados internacionales firmados por nuestro país y la Carta Magna. Por lo que en los hechos es fortalecer los mecanismos para ejercer la prisión y persecución política e injusta.

En materia fiscal y de deuda pública se plantea en cuanto a la suspensión, mantener importantes recursos económicos de los que más tarde se pueda echar mano para el pago de la deuda pública y el financiamiento de los programas de asistencialismo y los proyectos oligárquicos contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Plan México. Cabe mencionar que estas políticas no han logrado erradicar la pobreza de millones de mexicanos, pues se trata de un paliativo para sobrellevar la miseria y el hambre, así mismo, han logrado que la deuda pública se incremente en un 9 por ciento.

Cuando se habla del buen derecho en la reforma, es necesario entender que el derecho que defiende el régimen es el derecho burgués, o sea, las leyes que expresan los intereses de las clases explotadoras y con el someten al pueblo bajo un doble rasero.

Sobre el cumplimiento de la sentencia que resulte el Juicio de Amparo, la reforma establece que previo a requerir a las autoridades responsables, se analizará si a ellas realmente les corresponde llevar a cabo los actos que demanda la sentencia al mismo tiempo que los exime de toda consecuencia por incumplir ya sea por imposibilidad jurídica o material. Esto implica que la obligación de restituir los derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y fundamentales será llevada a un juego de “se quema la papa” entre funcionarios y autoridades, lo cual abre las puertas a la impunidad sobre todo en casos importantes como la desaparición forzada de personas. En los hechos se niega el acceso a la justicia a las víctimas.

Si bien las formas digitales tienen una intención de agilizar los plazos y evitar dilaciones, vienen a imponer una serie de requisitos para acceder a los mismos que, bajo un contexto de intensificación de medidas contrainsurgentes y de espionaje hacia el pueblo, representan un riesgo para la protección de los datos personales y por otro lado, discriminan a las personas de escasos recursos que no tengan acceso a computadoras o internet.

Este conjunto de reformas a la Ley de Amparo tiene un carácter lesivo a los derechos del pueblo mexicano, además que tiene una esencia antipopular, pues como lo ha declarado el senador Adán Augusto López Hernández: “No va a haber parlamento abierto, porque lo más importante es que se analice y se voten ya las reformas a la Ley de Amparo, no podemos estar dejando que nos coman los tiempos.”, esto significa que contrariamente al interés popular, estas reformas serán impuestas de manera autoritaria.

Así se confirma nuevamente que la mal llamada y autodenominada “Cuarta Transformación” no representa los intereses del pueblo mexicano, durante los gobiernos del PRI y del PAN tales reformas no pudieron pasar por la oposición y crítica popular (de la cual fue parte lo que hoy es MORENA), sin embargo, ahora que se encuentra en el poder el nuevo partido de Estado, estas se imponen sin mayor dilación y se avanza hacia un régimen más reaccionario, profascita, autoritario y antipopular y se configura un Estado de Derecho más opresor y lesivo para los derechos del pueblo.

En nuestro pueblo se encuentran las manos que habrán de frenar el autoritarismo y que habrán de reconquistar los derechos que hoy nos están despojando las élites burguesas y oligarcas y su Estado Burgués. Para ello se requiere la expresa oposición popular a estas nuevas leyes y reformas que los políticos vienen imponiendo.

Comunicado del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo FNLS

No hay comentarios:

Publicar un comentario