22 de mayo de 2015

DESMANTELAMIENTO DE EMPRESAS PRODUCTIVAS

De acuerdo con Alfredo Bravo Olivares, académico en Economía Política de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), se trata de un tendencia al desmantelamiento de grandes bastiones económicos que son propiedad del Estado, “Ese tipo de acciones gubernamentales se han convertido en un rompimiento con los intereses de la gente y con la obtención de beneficios de unos cuantos”.
Desde su perspectiva, son las características propias del patrón de acumulación, “lo que les interesa es abrir los mercados de las industrias productivas y hacerse de los recursos que las comunidades poseen y convertir en negocios de unos cuantos, actividades productivas que son propiedad del Estado y que podían llegar a ser en determinado momento, redituables. Ahora es el caso de la sal, pero es lo mismo con el petróleo, la electricidad, que se trata de actividades altamente redituables pero que el Estado entrega a los privados para que estos gocen de los beneficios”.
Y es que de acuerdo con las conclusiones de la ASF, el actuar de la Secretaría de Economía viola diferentes leyes como la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley de Competencia Económica, esta última que establece como prohibidas las prácticas que disminuyan, dañen o impidan la competencia y libre concurrencia en la distribución y comercialización de bienes o servicios; también son considerados como prácticas monopólicas aquellos contratos, convenios, procedimientos o combinaciones cuyo objeto o efecto sea o pueda desplazar indebidamente a otros agentes del mercado o establecer ventajas exclusivas a favor de una persona.
En el caso de ESSA, se puede observar que se trata de la fijación de la comercialización y/o distribución objetiva, la imposición del precio y las condiciones impuestas por el distribuidor.
En 2010, un contrato estableció que ESSA sólo puede establecer contratos con Mitsubishi Company, cualquier otro contrato depende siempre de la distribución exclusiva establecida.
Este mecanismo de comercialización es el que establece que Mitsubishi Company puede establecer contratos con terceros, aunque de acuerdo con gente de la empresa, esto funciona como una camisa de fuerza y provoca insuficiencia operativa, además de la pérdida de oportunidades de negocio que pudieran ser atractivas y beneficiosas para ESSA.

Por otra parte, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales establece que la empresa se debe conducir conforme a objetivos de planeación nacional, que deben procurar una gestión sana, eficiente y productiva, para generar más rentabilidad, mejores beneficios económicos, sociales y de todo tipo que sean posibles para el Estado, todo con ventajas a corto, mediano y largo plazos. Una situación que en voz de los trabajadores y de documentos oficiales, no ha sucedido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario