De acuerdo
con Alfredo Bravo Olivares, académico en Economía Política de la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM), se trata de un tendencia al
desmantelamiento de grandes bastiones económicos que son propiedad del Estado,
“Ese tipo de acciones gubernamentales se han convertido en un rompimiento con
los intereses de la gente y con la obtención de beneficios de unos cuantos”.
Desde su perspectiva, son las características propias del patrón
de acumulación, “lo que les interesa es abrir los mercados de las industrias
productivas y hacerse de los recursos que las comunidades poseen y convertir en
negocios de unos cuantos, actividades productivas que son propiedad del Estado
y que podían llegar a ser en determinado momento, redituables. Ahora es el caso
de la sal, pero es lo mismo con el petróleo, la electricidad, que se trata de
actividades altamente redituables pero que el Estado entrega a los privados
para que estos gocen de los beneficios”.
Y es que de acuerdo con las conclusiones de la ASF, el actuar de
la Secretaría de Economía viola diferentes leyes como la Ley Federal de las
Entidades Paraestatales y la Ley de Competencia Económica, esta última que
establece como prohibidas las prácticas que disminuyan, dañen o impidan la
competencia y libre concurrencia en la distribución y comercialización de
bienes o servicios; también son considerados como prácticas monopólicas
aquellos contratos, convenios, procedimientos o combinaciones cuyo objeto o
efecto sea o pueda desplazar indebidamente a otros agentes del mercado o
establecer ventajas exclusivas a favor de una persona.
En el caso de ESSA, se puede observar que se trata de la fijación
de la comercialización y/o distribución objetiva, la imposición del precio y
las condiciones impuestas por el distribuidor.
En 2010, un contrato estableció que ESSA sólo puede establecer
contratos con Mitsubishi Company, cualquier otro contrato depende siempre de la
distribución exclusiva establecida.
Este mecanismo de comercialización es el que establece que
Mitsubishi Company puede establecer contratos con terceros, aunque de acuerdo
con gente de la empresa, esto funciona como una camisa de fuerza y provoca
insuficiencia operativa, además de la pérdida de oportunidades de negocio que
pudieran ser atractivas y beneficiosas para ESSA.
Por otra parte, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
establece que la empresa se debe conducir conforme a objetivos de planeación
nacional, que deben procurar una gestión sana, eficiente y productiva, para
generar más rentabilidad, mejores beneficios económicos, sociales y de todo
tipo que sean posibles para el Estado, todo con ventajas a corto, mediano y
largo plazos. Una situación que en voz de los trabajadores y de documentos
oficiales, no ha sucedido.
Fuente y enlace: http://www.sinembargo.mx/08-05-2015/1330111
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