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Córdoba, Ver.- El alcalde Manuel Alonso Cerezo, reafirmó que mandará a la “basura” las plataformas de más de $casi 2 millones de pesos que construyó el gobierno de Juan Martínez, sin embargo su decisión fue personal, sin plantearlo al cabildo, desde luego que los ediles callaron ante esta decisión, su argumento del alcalde fue de una supuesta demanda ciudadana.
ANÁLISIS DE LAS VIOLACIONES NORMATIVAS:
El actuar del
alcalde Manuel Alonso Cerezo, según lo descrito, ignora los pilares de la
administración municipal en el estado, evidenciando el desconocimiento de la
Ley.
El argumento
«no sabía que tenía que pasar por Cabildo» no exime de responsabilidad. El
Artículo 115 Constitucional y la Ley Orgánica del Municipio Libre establecen
que el Ayuntamiento es un cuerpo colegiado; el alcalde no es un poder autónomo,
sino el ejecutor de los acuerdos de dicho cuerpo.
Monumento a la corrupción, así luce el teatro al aire libre que mandó a levantar Juan Martínez y empezó a destruirse y por la que cobró casi 2 millones de pesos en más de sus negocios
AFECTACIÓN AL PATRIMONIO:
Cualquier modificación, enajenación o destrucción de infraestructura pública (especialmente una obra de 1.4 millones de pesos) requiere un dictamen de la Comisión de Hacienda Municipal y la aprobación del Cabildo.
El teatro al aire libre frente al municipio que mandó a poner Juan Martinez ya fue deshabilitado. El nuevo alcalde morenista, NI pidió permiso.
RECURSOS
FEDERALES:
Al ser una
obra financiada con fondos federales, su destrucción injustificada podría
derivar en observaciones por parte de la Auditoría Superior de la Federación
(ASF) o el ORFIS, ya que se considera un daño al erario por «inversión no
recuperada» o «descalificación de la inversión».
RIESGOS Y
PRECEDENTES:
Este evento
sienta un precedente peligroso por las siguientes razones:
RIESGO
CONSECUENCIA:
Se prioriza la
voz de un grupo (comerciantes/vecinos) sobre el proceso legal que protege el
bien común.
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA:
Los ediles que
permitieron esto por omisión (el Cabildo silencioso) también son responsables
solidarios de la pérdida del patrimonio.
INSEGURIDAD
JURÍDICA:
Si la ley se
ignora para destruir, también puede ignorarse para construir o concesionar sin
transparencia.
MARCO LEGAL
VULNERADO (LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE)
Se habrían
vulnerado puntos específicos:
Artículo 35:
Las atribuciones de los Ayuntamientos deben ejercerse de forma colegiada.
Artículo 36:
Obligación de los ediles de vigilar la correcta aplicación de los recursos.
Artículo 73
Ter: Relativo a la planeación y modificación de infraestructura urbana bajo
criterios técnicos, no meramente de opinión pública.
La decisión de
tirar a la basura 1.7 millones de pesos pasando por encima de la ley,
obviamente con el silencio cómplice de los ediles, deja un precedente en la
administración municipal.
Fuente: Plumas Libres



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