• La pretensión de despojar a propietarios, comuneros y ejidatarios de tierras y bienes en los que haya yacimientos de petróleo y gas se extendió también para el caso de instalaciones eléctricas.
• Senadores agregan al plan de Peña figura de expropiación en favor de extranjeros o nacionales
• Buscan legalizar despojo de tierras también en el sector de electricidad
En el proyecto de dictamen de nueva ley para ese sector, dado a conocer por los presidentes de las comisiones de Energía y de Estudios Legislativos Primera, David Penchyna y Raúl Gracia, respectivamente, se señala que el gobierno decretará, en un plazo de 10 días, la expropiación de terrenos y propiedades requeridos por las empresas nacionales y extranjeras que tengan contrato para generar y comercializar electricidad, en caso de que no hayan llegado a un acuerdo sobre la indemnización respectiva.
La iniciativa que Enrique Peña Nieto envió al Senado sobre la nueva ley de la industria eléctrica no consideraba llegar a expropiar tierras y propiedades, pero en el proyecto de dictamen que ya circula en el Senado se incluyó esa medida, junto con otras modificaciones.
En el capítulo VII, título segundo, del proyecto de dictamen se autoriza a las trasnacionales eléctricas a negociar con los dueños de los predios la contraprestación que les deberán pagar por rentar o comprar los terrenos donde construirán instalaciones de electricidad, generadores o ductos, pero el valor de los terrenos se acordará con un organismo oficial, de acuerdo con la Secretaría de Energía, no con los propietarios.
Al respecto, senadores opositores dijeron que tienen reservados todos los artículos de la ley de hidrocarburos donde se establece el despojo de tierras, y lo propio harán en el caso de la industria eléctrica para que se señale expresamente que tales disposiciones no se aplicarán a superficies ocupadas por pueblos y comunidades indígenas
Entre las modificaciones hechas a la propuesta original de Peña Nieto está precisamente que procederá la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de las actividades de la industria eléctrica.
Se resalta en el proyecto de dictamen que las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquellas.
Que la Federación y los gobiernos de los estados, municipios y delegaciones del Distrito Federal contribuirán al desarrollo de proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, mediante procedimientos y bases de coordinación que agilicen el otorgamiento de los permisos y autorizaciones en el ámbito de su competencia.
Asimismo, define que las empresas nacionales y extranjeras podrán acordar la adquisición, uso, goce, servidumbre o afectación de la modalidad idónea para el desarrollo de su proyecto eléctrico, entre ellas el arrendamiento, ocupación superficial, comodato, compraventa y permuta.
La contraprestación comprenderá pago en efectivo o en especie, o el compromiso de contratación del propietario o titular del bien o derecho de que se trate.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) mediará entre el afectado y la empresa contratista, y podrá sugerir la forma de adquisición o uso de los terrenos o propiedades donde se habrá de construir estructura eléctrica. Además, en caso de que el propietario no acepte los avalúos particulares, este instituto será el encargado de fijarlos.
Regeneracion