El Tribunal Electoral determinó que el gobernador de Veracruz y tres funcionarios de su administración violaron la ley al asistir en un día hábil a un acto proselitista cuando Peña era candidato.
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Por cuatro votos a favor y tres en contra, el pleno del Tribunal revocó la resolución del entonces IFE que Declaró infundada la queja. (Cortesía TEPJF) |
El gobernador de Veracruz, Javier Duarte, y tres de sus funcionarios violaron la ley al asistir en un día hábil a un acto proselitista cuando Enrique Peña Nieto era candidato a la Presidencia de la República, determinó el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
Por mayoría de votos, con cuatro a favor y tres en contra, el Tribunal revocó la resolución del entonces IFE que había declarado infundada la queja contra el gobernador de Veracruz, quien junto con otros servidores de su administración asistió el 4 de abril de 2012 a un acto de campaña de Peña Nieto.
El TEPJF concluyó que Javier Duarte, Gabriel Deantes Ramos, Francisco Javier Muñoz Ruiz y Jorge Alejandro, ex subsecretario de Finanzas y Planeación, coordinador de asesores y diputado local de Veracruz, respectivamente, infringieron el artículo 134 de la Constitución y violaron los principios de equidad, imparcialidad, objetividad y certeza que rigen la materia electoral.
Los magistrados que votaron a favor consideraron que la solicitud de licencia, sin goce de sueldo, no es suficiente para resguardar el principio de imparcialidad y equidad, que debe prevalecer en la contienda, ya que los funcionarios asistieron en días y horas hábiles.
Salvador Nava Gomar, magistrado que elaboró el proyecto de sentencia, señaló que todo acto proselitista tiene la finalidad de ganar adeptos, "máxime si se trata del gobernador de la entidad, quien además emitió un mensaje que trascendió a los medios de comunicación, con lo cual influyó hacia el electorado".
En tanto, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa precisó que los servidores públicos están impedidos de asistir, con o sin licencia, a un acto proselitista en días y horas hábiles en el marco de una campaña política.
Ante ello, el INE deberá emitir una nueva resolución y sancionar a los funcionarios.
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