14 de enero de 2026

REGISTRO DE USUARIOS DE TELEFONÍA MÓVIL: MEDIDA VIOLATORIA A LOS DERECHOS HUMANOS

Martes 13 de enero de 2026, por Michoacán

“Cuando una ley es injusta,

lo correcto es desobedecerla” 


Comunicado de  Fnls Michoacán

Como lo señalamos el 25 de abril de 2025 en nuestro artículo “Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones es de carácter contrainsurgente”, el registro de usuarios de telefonía celular tiende a “fortalecer los actos de espionaje hacia la población, violentando el derecho a la privacidad y abriendo la puerta para continuar ejerciendo el hostigamiento y seguimiento.”, ahora que esta disposición administrativa entró en vigor y se pone plazo que para que todos los usuarios registren sus líneas telefónicas, particularizamos el análisis y las consecuencias de esta medida.

En primer lugar, debemos recordar que esta medida surge de la necesidad del Estado mexicano por ejercer mayor control sobre los medios de telecomunicaciones, radiodifusión y servicios digitales en torno al programa económico capitalista representado por el Plan Nacional de Desarrollo, mismo que está alineado con los planes oligarcas de la Agenda 2030; sobre todo en estos tiempos donde el régimen no puede superar su crisis política ni contener el descontento popular propiciado por la adopción de políticas más antipopulares y reaccionarias.

En 2009 la ultraderecha impuso el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, mismo que fue rechazado e invalidado por ser lesivo a los derechos humanos y ser una medida que facilitaba la contrainsurgencia y el espionaje. Ahora bajo los tiempos de la mal llamada “4T”, se retoman las mismas justificaciones y con argumentos leguleyos amparados en el artículo 28, Párrafo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para volver a imponer esta medida con el aval del oportunismo político afín a MORENA.

Para “curársela” la institucionalidad burguesa toma el falaz discurso del combate contra la delincuencia y la extorsión, donde de nueva cuenta se le rinde culto al fetichismo a estos fenómenos inherentes a la crisis capitalista; además toma como ejemplo a Colombia, Ecuador, Perú, Brasil, Chile y Argentina, países que han implementado esta medida pero que han experimentado fuga de datos y actos tendientes al fraude telefónico y la extorsión.

Por lo tanto, la creación de este padrón de usuarios no garantiza la reducción de delitos, máxime cuando estos son cometidos bajo la aquiescencia de las instituciones públicas, existiendo muchos casos donde las fiscalías y las policías son parte del eslabón de complicidades en el cometido de extorsiones y fabricación de delitos para inculpar inocentes para así poder presentar cifras sobre el combate a la delincuencia.

La medida de suspender la línea telefónica a condición de forzar a los usuarios de telefonía móvil a entregar sus datos personales es desproporcional porque siendo un acto de carácter administrativo, impone la incomunicación, siendo también entonces una medida lesiva a los derechos humanos, anticonstitucional e invasiva para a la privacidad de las personas sin garantías de protección de los datos personales.

Tan sólo bastaron unos días para que saliera a la luz pública la facilidad con la cual se puede realizar el registro de una línea telefónica suplantando la identidad de otra persona, así como el grado de vulnerabilidad con el que están expuestos los usuarios.

Y aunque el gobierno federal dice que quienes se quedan con la información son las compañías telefónicas, de acuerdo con la última reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, los datos personales almacenados deben estar a disposición de las fiscalías, las instancias militares y los órganos de inteligencia, quienes puede acceder a ellos sin necesidad de una orden judicial, por lo que el padrón que se pretende crear se convierte en un instrumento de espionaje hacia la población.

En conclusión, el registro de usuario de telefonía móvil no garantiza cumplir los objetivos con los que es promovida, sino que es un pacto entre las empresas capitalistas que dominan esta rama y el Estado para ejercer mayor control social y la contrainsurgencia.

Por tal motivo es que los mexicanos tenemos el derecho de rechazar este registro y a no exponer nuestros datos personales, o sea, no realizar el registro es un acto legítimo y legalmente amparado con el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos [1] y el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [2].

[1] “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

[2] "Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros."


Fnls Michoacán

No hay comentarios:

Publicar un comentario