10 de abril de 2017

PREVALECE COMPLICIDAD, OPACIDAD O NEGLIGENCIA EN CASO DE DESAPARECIDOS POR PARTE DE MINISTERIOS PÚBLICOS



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Causa de que infinidad de personas desaparecidas en Veracruz y el País no hayan podido ser localizadas –ni vivas ni después de muertas- la tienen autoridades de procuración de justicia que no investigan de manera pronta, exhaustiva e imparcial los casos de desaparición, ya que de acuerdo a una consulta a 100 indagatorias por ese delito entre los años 2009-2015, realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos evidenció que los ministerios públicos locales y federales omiten darle intervención a la policía y a los servicios periciales, realizar inspecciones ministeriales, obtener comparecencias de los testigos presenciales y de cualquier otra persona que pudiere aportar algún dato relevante para la investigación, lo que podría ser constitutivo de complicidad, opacidad o negligencia. 

Y aunque la CNDH no establece a que Estados corresponde, si señala que las investigaciones mencionadas se refieren a 134 víctimas de desaparición, por las que se iniciaron 18 actas circunstanciadas y 20 averiguaciones previas relacionadas con más de una persona desaparecida. Sólo en 39 de los 100 expedientes, expone el organismo en el informe especial sobre desaparecidos y fosas clandestinas en México, el representante social encargado recabó información básica de la víctima. En 29 casos no solicitó dichos datos, mientras que en 32 lo hizo incompleto. 

Además, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos detectó que los agentes del ministerio público dejaron pasar días, meses e incluso años para que recabar información básica de la persona buscada, cuando menos sus datos generales. En ese sentido encontró que en 58 averiguaciones el Ministerio Público se tardó de 1 a 3 días para solicitar la búsqueda de las personas desaparecidas; en 5 se dilató de 4 días a 1 mes; en 4 expedientes de 1 a 6 meses; en 4 de 6 meses a 1 año; en 2 más de un año. “Se pudo advertir que en 81 de las 100 investigaciones ministeriales analizadas, el representante social omitió dar el aviso correspondiente, limitando con esto la difusión del caso concreto”. 

En ese sentido, el primer visitador de la CNDH, Ismael Eslava Pérez, señala que el organismo documentó, de acuerdo con un informe remitido por la PGR, que de enero de 2014 a diciembre de 2015 se había iniciado un total de 127 averiguaciones previas por el delito de desaparición forzada. En 62 expedientes se declaró incompetente la PGR y en 12, dijo el visitador, se determinó el ejercicio de la no acción penal. A partir de los informes enviados por los órganos de procuración de justicia estatales se pudo conocer que hasta el 2015 se tenían registradas 260 denuncias por desaparición forzada de personas, y al 11 de mayo de 2016, solamente 162 investigaciones se encontraban en trámite; en 19 se emitió el acuerdo de reserva respectivo; 20 asuntos se declararon incompetentes; 4 fueron enviadas al archivo. Revela que hasta el momento, a nivel estatal, solamente se han emitido dos sentencias condenatorias por el delito de desaparición forzada”.


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