26 March, 2021
** ONG, académicos UV y
UNAM piden derogar el delito de ultrajes a la libertad y delitos contra las
instituciones públicas, iniciativa de Cuitláhuac.
Por Perla Sandoval /AVC
Xalapa, Ver. - A 17
días naturales para que venza el plazo para la interposición de un recurso de
inconstitucionalidad en contra de la reforma al Código Penal en material de
ultrajes a la libertad y delitos contra las instituciones públicas aprobado por
la mayoría en el Congreso de Veracruz tras la iniciativa del gobernador
Cuitláhuac García Jiménez.
Al menos ocho
organizaciones de la sociedad civil, académicos de la UV y UNAM, así como
abogados, advirtieron que es urgente que la tercera parte de los legisladores
en Veracruz, la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el propio Ejecutivo
promuevan esta acción para derogar la reforma por contravenir estándares
nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y propicia la
criminalización de la protesta social, el disenso y el libre ejercicio de la
libertad de expresión.
Académicos de la
Facultad Derecho de la UV señalan que la redacción resulta vaga e imprecisa,
carente de toda técnica legislativa, que provocará una interpretación indebida
o arbitraria, tanto por los operadores de investigación, o por autoridades
judiciales.
A ello se suma que
organizaciones como Artículo 19 han documentado casos en que el tipo penal de
ultrajes a la autoridad se ha usado para restringir la labor periodística, el
ejercicio de la protesta y el derecho a la libertad de expresión, por lo que la
reforma posibilita el uso arbitrario de este tipo penal no solo contra la labor
periodística sino contra cualquier personas.
Tan solo de 2009 a 2020
Artículo 19 documentó 491 agresiones contra la prensa en Veracruz, colocándola
en la segunda entidad más violenta contra la prensa, tan solo por debajo de la
Ciudad de México y es el estado donde se han asesinado a más periodistas en el
país con un total de 30.
“Se ha creado una
legislación penal que faculta a las autoridades a cometer mayores
arbitrariedades, violaciones a derechos humanos y dejando un amplio margen de
discrecionalidad e interpretación para la aplicación de la ley penal”, señaló
Adriana Fuentes, integrante de la organización Equifonía AC.
*Qué dice la ley
La ley establece que se
impondrá de seis meses a dos años de prisión y multas de 10 a 40 veces el valor
e UMA a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer
sus funciones o con motivo de ellas.
Y se le aplicará al
responsable de este delito, además de las sanciones anteriores de 5 a 7 años de
prisión cuando se actualicen cualquiera de los siguientes supuestos: Se realice
por una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos, se realice
pro medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima, que el sujeto
activo manifieste ser miembro de una pandilla, asociacion delictuosa, o de la
delincuencia organizada, real o ficticia o que por cualquier medio manifieste
la intervención de estos grupos en la comisión del delito o que se realice a
través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de
defensa, protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o
desventaja.
Además, se impondrá de
7 a 15 años de prisión y multas de 400 a 800 UMAS a quien amenace o agreda a
algún integrante de alguna institución de seguridad pública o estatla en el
momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, de tal manera que en
razón de la arma empleada, la fuerza o destreza del agresor pueda producirle
como resultado lesiones o muerte.
*Qué exigen
Lar organizaciones
demandaron al gobernador Cuitláhuac García Jiménez y a los diputados del
Congreso de Veracruz derogar el tipo penal de ultrajes a la autoridad y delitos
contra instituciones de seguridad pública, cumplir con el principio de
legalidad al legislar en lo presente y futuro cualquier tipo penal con la
finalidad de que se describa de forma clara, sin vaguedades o imprecisiones,
que permita la arbitrariedad o interpretación en su amplio por los operadores
del sistema de justicia penal.
A la Comisión Estatal
de Derechos Humanos y los diputados locales presentar con base en sus
atribuciones la acción de inconstitucionalidad en tiempo y forma contra el
decreto 848 y que se permita y genere un diálogo abierto y respetuoso a través
de un modelo de parlamento abierto en el que se escuche a la sociedad civil y
academia para que sean coadyuvantes en la discusión de esta reforma.
Los especialistas
advierten que en caso de no atender sus demandas podrían recurrir a instancias
federales o internacionales, aunque reconocen que los proceso son tardamos y
estos no incluyen algún n procedimiento administrativo o penal contra los
diputados que aprobaron la reforma “por no saber legislar”.
“Este dicho de 99 por
ciento de honestidad y uno por ciento de capacidad nos está costando muchísimo
a los mexicanos a y no debe continuar, la exigencia es a raíz de participación
ciudadana” señalan.
*Qué está en juego
La académica de la
Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana (UV), Sidney Ernestina Marcos
Escobar, indicó que las reformas al artículo 331 del Código Penal es ambigua e
imprecisa, lo cual da pauta para que no solamente sean los policías quienes
hagan uso de este delito de ultrajes a la autoridad sino cualquier servidor
público, lo cual significaría incluso cárcel para periodistas y ciudadanos en
general.
Ante ello, señaló que
el desglose del tipo penal de ultrajes a la autoridad establece que quien
amenaza o agreda a un servidor público será motivo de este tipo pena, pero en
el desglose dice que cuando se realice por cualquier tipo de violencia, lo cual
significa que no hay una precisión de qué tipo de violencia y se puede hablar
de física, psicológica, moral. Advirtió que en el caso de los periodistas se
corre el riesgo de que al hacer una entrevista o un trabajo los funcionarios
puedan señalar que hubo la comisión de este delito y que por tanto puedan
usarlo como una forma de inhibir el trabajo periodístico
“Al hacer una
entrevista a un funcionario y hay empujones de pronto pudiese estar
actualizando esta acción que se sanciona en el artículo 331. Parece que el
funcionario estaría detrás de vallas para no recibir confrontación para que no
le vaya a a dañar su condición psicológica por su pregunta y vaya a decir que
incluso no puede dormir“, criticó.
Consideró que los
ciudadanos también resultarán afectados porque podrían incrementarse los casos
de abusos policiales durante inspecciones policiacas, a pesar de que estas solo
se permiten en casos de un hecho delictivo en flagrancia.
Recordó que la inspección
de personas solo se justifica para casos en los que probablemente hay una
participación en hecho flagrante y que es la única justificación por la cual un
policía en persecución puede solicitarle a alguien una inspección a una persona
y se debe realizar con respeto a la dignidad humana, “no se puede pedirle
desnudarse ni someterse a tocamientos”.
“Si no hay una revisión
de personas informada es un acto ilícito y hay que difundirlo, la ciudadanía lo
debe saber porque ante esa temeridad con la que se miran a las policías no se
somete a las inspecciones e incluso se confrontan. Estamos ante un clima e
inseguridad jurídica porque si la persona se niega quedará registrado lo que el
policía asiente en el informe homologado, y basta con una mera probabilidad (de
delito) para que el caso llegue a un control judicial”.
*Abusos policiacos
Previamente, académicos
de la UV han señalado que la reforma da pie a casos de abuso policiaco pues la
Secretaría de Seguridad Pública (SSP) es la segunda dependencia del Poder Ejecutivo
con más recomendaciones por parte de la CEDH en 2020 solo por debajo de la
Fiscalía General de Veracruz, pues de las 173 recomendaciones emitidas son 26
contra la SSP.
La mayoría de estas
recomendaciones relacionada con detenciones injustificada o tortura y la CEDH
señala que el 2020 es el año con mayor número de recomendaciones desde 2011. La
CNDH advierte que Veracruz es segundo lugar por recomendaciones por abusos
policiacos con 129 solo por debajo de Guanajuato.
La coordinadora de
documentación en Artículo 19, Itzia Miravete, señaló que elevar las sanciones
privativas de la libertad y modificar de manera tan ambigua el tipo penal
generará una mayor arbitrariedad y violación a los derechos humanos.
“No protege a los
ciudadanos y mucho menos a los policías, genera una brecha de discrecionalidad
que operará en contra de la ciudadanía. Vemos que a quien se pone en riesgo es
a la ciudadanía y si quisiera facilitar el trabajo de corporaciones policiacas
tendrían que impulsar otras acciones con enfoque preventivo, como la
capacitación de cuerpos policiales para realizar su labor de manera correcta”.
Por ello insistió en
que se debe abrogar el tipo penal y que el Estado garantice el derecho a la
libertad de expresión y protesta, dado que con la reforma el tipo penal inhibe
el debate público y las expresiones sociales.
“Veracruz es uno de los
estados con mayor cantidad de desapariciones forzadas, cometidas por le estado
y si se suma que los policías pueden detener a una persona el riesgo de que se
signa cometiendo este tipo de violaciones a los derechos humanos aumenta”.
Lo anterior debido a
que el delito de ultrajes a la autoridad podría justificarse desde un
intercambio de palabras hasta “lo que no le guste a un servidor público”, y
recordó la detención del reportero de Foro Tuxpan, Antonio de Marco Arango,
durante su cobertura a un operativo policiaco.
Entre las
organizaciones firmantes se encuentran Artículo 19, Colectivo Akelarre,
Colectivo, Madrágora, Equifonía, Grupo de Trabajo, Gestión Social y Ciudadanía,
Académicos de la UV , Matraca, Programa Universitario de Bioética de la UNAM y
el Centro de Servicios “Heriberto Jara”, entre otros.
FUENTE: NOTIVER
http://www.notiver.com.mx/index.php/primera/609044.html?secciones=3&seccion_selected=3&posicion=2
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