La cascarita, el
tocho y las retas en el arroyo vehicular quedaron en el recuerdo de muchos
veracruzanos, en la memoria también permanecerá jugar a los encantados, las
atrapadas, pasear en bicicletas por el barrio, o aventarse de la empinada calle
desde una avalancha, la ley es clara, con el nuevo reglamento de Tránsito está
prohibido.
Niños jugando en
las calles, albañiles, mecánicos, malabaristas, tragafuegos trabajando en la
vía pública, y hasta los limosneros entorpecen el libre tránsito, así lo dicen
los artículos 236 y 237 en del nuevo reglamento. Las calles que antes eran
usadas tanto para recrearse y divertirse así como para realizar algún trabajo,
quedaron “clausuradas” para los veracruzanos.
Con esta nueva ley vecinos de fraccionamientos o unidades habitacionales
de toda la entidad pensarán dos veces antes de instalar plumas, topes o cadenas
que entorpezcan la circulación de vehículos, su falta se considera una
infracción grave.
Construir una
barda, un pared o echar un “colado” no podrá realizarse si no se tiene un
espacio destinado para almacenar los materiales de construcción que no sea la
calle o la banqueta y aquel osado que las utilice para tal fin se hará acreedor
a una sanción. Lo mismo obedece para el mecánico de la esquina que no tiene
garaje para guardar los vehículos que trabaja, su infracción será considerada
como grave.
Aunque tipificado
con anterioridad, el apartado de espacios en la calle ya se contemplaba con el
pasado reglamento; con esta nueva Ley de Tránsito el apartar u obstaculizar los
espacios públicos, sea con cubetas, palos o boyas también será motivo de
infracción.
Así, a partir de la
publicación de este nuevo reglamento la venta de objetos en la vía pública,
ofrecer a los ocupantes de vehículos mercancías o servicios, repartir
propaganda o solicitar ayuda económica, sin contar con el permiso de la
autoridad competente, también ameritará infracción.
Maruchi
Bravo Pagola
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