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Los legisladores federales sometieron hoy a
votación las modificaciones a la fracción I del artículo 1916 del Código Civil
Federal para que “en la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito
de quien comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un
hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra,
descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien”, informó el Congreso
de la Unión.
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