17 de enero de 2013

OMISIONES DEL IEV: RESPONSABILIDAD DE SU PRESIDENTA

CAROLINA VIVEROS
• Irineo Domínguez Méndez

En pleno proceso electoral, en su etapa preparatoria, se observan varias omisiones de cumplimiento por parte de Carolina Viveros, presidenta del Instituto Electoral Veracruzano (IEV). “Su instituto y Consejo General” avalan seudo-dirigencias de algunos partidos integrantes de su Consejo. Igual acontece con la aceptación de la inflada afiliación que dicen tener esos partidos. Otra más es la inexistencia de publicaciones a que están obligados esos partidos. Gran vacío existe en la participación de los ciudadanos en la vida democrática del estado, cuya obligación es omitida por falta de promoción de dichos partidos, etcétera. Del etcétera nos encargaremos más adelante, con el propósito de señalar más omisiones permitidas por Carolina Viveros y su Consejo General.

En el artículo 44 del Código electoral vigente en el Estado –que es un mamotreto- se mencionan las obligaciones de los partidos políticos; entre ellas: Mantener el mínimo de afiliados; mantener en funcionamiento efectivo a sus órganos de dirección estatal, distrital y municipal; tener integrado un comité directivo en los municipios donde postulen fórmula electoral para la renovación de ayuntamientos; promover una mayor participación en la vida política del Estado, de las mujeres, jóvenes, adultos mayores, indígenas, ciudadanos con discapacidad y grupos vulnerables; cumplir los preceptos de sus documentos básicos; editar, por lo menos semestralmente, una publicación de divulgación; ejercer los recursos provenientes del financiamiento, apegándose a los principios de certeza y transparencia; notificar a la Unidad de Fiscalización de los Partidos Políticos la enajenación o traslación de dominio de bienes muebles e inmuebles que hayan sido adquiridos con financiamiento público; crear y mantener centros de capacitación política; y cumplir las demás obligaciones que establezcan el Código y las leyes del Estado.

Para vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los partidos políticos se ha responsabilizado al IEV, según consta en el Artículo 20 del Código. Obligaciones relacionadas con las causales mencionadas en el Artículo 105 que tienen como resultado la pérdida del registro: haber dejado de cumplir los requisitos con que obtuvo su registro e incumplir sistemáticamente las obligaciones que le señale este Código.  ¡Claro!, la pregunta es obvia ¿porqué, entonces, conservan su registro la mayoría de los partidos si incumplen con la norma que los rige? Respuesta, por las omisiones que, presumiblemente, cobra políticamente Carolina Viveros.

¿De qué tipo son las facturas probables? Deduzcamos algunas. Si los representantes de los partidos incumplidos con los requisitos ya referidos para conservar el registro “alzaran” la voz contra Carolina, Ella –en caso de peligro real- los pondría quietos, bastando señalar los incumplimientos; por lo que, estamos frente a un conflicto con solución de “suma positiva”: todos ganan y más Ella. Ejemplifiquemos un poco más con una pregunta, ¿qué pasaría si un partido solicitara recibir prerrogativas por adelantado, digamos la equivalente a tres o cuatro meses, ahora que les corresponde el doble del monto por estar en proceso electoral? Seguramente Carolina se Lopez-portillizaría diciendo: Sí, pero: “No te pago para que me pegues”. Así las cosas, todos fintan al del frente.

¿Son cómplices Carolina y los representantes de los partidos a los que les venga el saco? Sí. De otra manera no se comprendería tanto amasiato entre ellos. Las fintas que se hacen frente a los medios de comunicación son exactamente eso, una falacia.

A pesar de la existencia de un órgano contralor a nivel Estado y del propio del instituto, este actúa como “comparsa” de quien le paga: Carolina Viveros.  De acuerdo al Artículo 135 fracción XII del Código, el Contralor tiene la obligación de “recibir, investigar, sustanciar y resolver las quejas y denuncias sobre hechos que se presenten en contra de los servidores públicos del instituto, con motivo del incumplimiento de sus obligaciones, en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y, en su caso, proponer en el dictamen las sanciones que correspondan”. Sin embargo, también comete omisiones de cumplimiento de deberes legales, esto es así, en virtud de que, por ejemplo, el PT ha interpuesto un Recurso de Queja ante el instituto originado por el incumplimiento de un deber legal de Carolina Viveros, quien el día 04 de enero del presente año, no convocó a Sesión al Representante del Partido del Trabajo; sesión en la que se aprobó los montos máximos a utilizarse en las precampañas electorales y, por motivo de la Queja, podría anularse la sesión completa de esa fecha. ¿Y que sucederá con la probable sanción que merece Carolina Viveros? Exacto, nada.

Otro caso muy sonado es el que parece nunca terminará: el del PRD, quien por carecer de Consejo Estatal facilita la omisión de rendición de cuentas a que está obligado Juan Vergel. A pesar de que el propio Secretario General de ese partido en el Estado ha solicitado en infinidad de veces le informe el uso de las prerrogativas que recibe del IEV, aquél lo ignora y Carolina Viveros también; en otras palabras,  no cumple con las obligaciones que le mandata el Código Electoral. ¿Para qué son las prerrogativas? Para pagar salarios exorbitantes de los seudo-dirigentes; para convertirlos en nuevos millonarios, para comprarles nuevos carros, para pagar campañas que fortalecen a esos sujetos en sus posiciones, etc. Los partidos se dividen un pastelote que resulta de multiplicar una quinta parte del salario mínimo por el número de ciudadanos inscritos en el Estado que aparezcan en el Padrón Electoral; el cual ronda ya los 6 millones. A la cantidad que resulte se le agrega un 3% obtenido de dicha cantidad, que supuestamente utilizarán los partidos para capacitación política, tareas editoriales e investigación socioeconómica y política, etcétera; en cada proceso el monto obtenido se duplica. ¡Cerca de 200 millones!

Los ciudadanos, que son los que pagan impuestos, los partidos no, son los perjudicados. ¿Y la ley electoral y la Constitución del Estado? Se la pasan por el arco del triunfo. Mejor ya le paro. 

Se reciben comentarios. irineodm@yahoo.com

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