3 de enero de 2017

PROMUEVEN AMPARO CONTRA REGLAMENTO DE MERCADOS, TIANGUIS Y COMERCIO EN LA VIA PÚBLICA…

Córdoba, Veracruz

ANDRES GOMEZ OJEDA     MARTES 3 DE ENERO DE 2017

El 6 de diciembre del año pasado, un grupo de comerciantes que son integrantes de la Unión de Vendedores Ambulantes y comerciantes de Veracruz, A.C., presentaron demanda de juicio de amparo contra el reglamento aprobado por el ayuntamiento de la Ciudad de Córdoba, Veracruz, integrándose ante el juzgado decimo segundo el expediente 1203/2016, pero fue el pasado viernes 30 de diciembre cuando fueron emplazadas las autoridades municipales para darle la debida contestación y rendir un informe justificado a las autoridades señaladas como responsables de haber aprobado mencionado reglamento. Tendrán el plazo de 48 horas para dar un informe al juzgado federal decimo segundo y un término de 15 días para el incidente de suspensión.

En un comunicado de prensa los integrantes de citada asociación civil manifiestan que los actos que reclaman como agravios es contra los preceptos que se encuentran en el reglamento de mercados, tianguis y comercio en la vía pública para el municipio de Córdoba, Veracruz, que fue aprobado por los regidores del PRI y del PAN en sesión de cabildo municipal de fecha lunes 15 de agosto del 2016 y que salió publicado el pasado 19 de octubre en la gaceta oficial del Estado. Que aunque no lo estén aplicando al 100 por ciento, tarde o temprano lo harán o no faltara alguna otra administración municipal que podría aplicarlo con mano de hierro y represión con el apoyo de la policía municipal o estatal.

El reglamento mencionado viola el derecho al trabajo sustentado en el Artículo 5 Constitucional, toda vez que delimita vender en la vía pública de la Colonia dos caminos a la calle 19 y de la avenida 11 a la avenida doce, sin embargo exceptúa el caminatorio de la calle 1 en el tramo que comprende de la avenida 11 al beisborama, cuyos permisos se otorgaran a propuesta de la Dirección de Desarrollo económico, autorizados por el cabildo, tal y como se encuentra en su Artículo 37, entregándoles permisos a los comerciantes que son integrantes de las cámaras empresariales, específicamente de la CANACO; haciendo que este reglamento acepte comerciantes de primera y segunda, quedando en evidencia actos de discriminación.

Asimismo el reglamento dice que pueden quitar la mercancía e incluso ser detenidos y encarcelados como arresto administrativo hasta por 24 horas, aplicándonos lo estipulado en la FRACCIÓN VI, ARTICULO 58 del multicitado reglamento. Se pretende cobrar la multa de 5 a 200 salarios mínimos (unidades de medida y actualización) que impone LA FRACCIÓN VIII, ARTÍCULO 58 del citado reglamento, violando lo estipulado en el Artículo 21 Constitucional.

Independientemente de la sentencia que se dicte en este juicio de garantías, se establecerá un precedente en materia jurídica contra de un reglamento aprobado por las autoridades municipales.

Aprovechamos la ocasión e Instamos a los ediles y principalmente al alcalde, Tomas Ríos Bernal, para que se rediscuta un nuevo reglamento de mercados, tianguis y comercio en la vía pública, que no violente las garantías individuales de los vendedores fijos, semifijos y ambulantes, esto debido a que el actual se hizo sin discusión y al vapor, favoreciendo los intereses de unos cuantos integrantes de las cámaras empresariales.

UVACV A.C. 
Negocios que ponen en la calle 1 solo para amigos del alcalde

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