11 de abril de 2016

LEYES CONTRA LA RESISTENCIA POPULAR

Resignarse es una cobardía, es el sentimiento que justifica el abandono de aquello por lo cual vale la pena luchar, es, de alguna manera, una indignidad.
Ernesto Sábato. 
La llamada Ley Atenco, ataca directamente los derechos políticos. El Estado mexicano dirige sus fuerzas en contra de pueblos, comunidades y organizaciones sociales y políticas del movimiento social que se opongan a las políticas y acciones de Gobierno.
Dos nuevos atentados se ciernen sobre la sociedad mexicana.
1.- Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, aprobada el pasado 17 de marzo, en Congreso local.
2.- La Ley reglamentaria al artículo 29 constitucional que fue aprobada el 29 de marzo en comisiones del Senado de la República.
Ambas tienen como característica central, la ambigüedad e imprecisión; facilitando la interpretación y en consecuencia, la arbitrariedad de la autoridad. Se intenta, nuevamente, proporcionar elementos jurídicos a los gobernantes autoritarios para así, violentar los derechos humanos plasmados en la Carta Magna, tratando de evitar consecuencias para su futuro político.
PARA CONTEXTUALIZAR. EL 1 DE DICIEMBRE DE 2012
La inconformidad que confluyó como un arcoíris sobre concreto, y puso en jaque el operativo policiaco–militar en distintos puntos de la capital, para proteger la toma de protesta de Enrique Peña como presidente, representó una alerta de posibles escenarios que se presentarían a lo largo y ancho del territorio nacional.
Para intentar contener la protesta social, los círculos de poder, impulsan, desde entonces, legislaciones que permita el uso de la fuerza con menos costos políticos. Un ejemplo claro es el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, que consideraba una pena de 5 a 30 años de prisión y tipifica el delito de ataques a la paz pública, a los que “mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública”.
Dicho artículo permitió que en el gobierno de izquierda de Miguel Mancera, los cuerpos policiacos y el sistema judicial, cometiera abusos contra personas que se manifestaban contra la imposición de Enrique Peña a la Presidencia de la República. Hasta la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) consideró que era utilizado para “criminalizar” a personas y movimientos sociales, solicitando su derogación en la Asamblea de Representantes (ALDF).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en días pasados, otorgó un amparo a Bryan Reyes, declarando en consecuencia, como inconstitucional dicha reglamentación.
LA IMPUNIDAD DE FACTO
Los partidos políticos aliados al gobierno en turno, doblegan la representatividad ciudadana al interés del poder. Por ideología, interés o complicidad aprueban leyes que contravienen el ideal de la Constitución de 1917 y de los Tratados Internacionales y sobre todo, del bien común. Más allá de la ignorancia y corrupción, está la búsqueda de privilegios de la clase política.
Al igual que en el estado de Puebla, bajo el nombre de Ley para Proteger los Derechos Humanos y Regular el Uso Legítimo de la Fuerza Pública conocida como Ley Bala, se intenta legalizar las practicas violatorias a los derechos humanos, que caracteriza a los cuerpos policiacos y militares del país.
De facto se impone la impunidad. Porque a pesar de existir procesos penales en contra de abusos policiacos, infringidos en distintos momentos y entidades de la república, no hay aplicación de la ley. No existe investigación científica ni profundización en cada caso; no tan solo se evidencian fallas estructurales del sistema de justicia, fundamentalmente, la falta de voluntad y la complicidad entre poderes institucionales, económicos y de grupos al margen de la ley.
Recordemos la Verdad Histórica planeada desde el gobierno federal para evadir la justicia y ocultar la verdad de la desaparición forzada de los 43 estudiantes normalistas de Iguala y los seis asesinatos, incluyendo la tortura en contra de uno de ellos. Y cuando hay litigio estratégico como en el caso del asesinato de 22 personas, entre ellos menores de edad en la comunidad de Tlatlaya en el Estado de México, las instituciones judiciales, se someten al poder del Ejército para evitar la aplicación de la justicia.
Ley bala
Ataques a la paz pública
Ley Atenco
Gobernantes con clara tendencia autoritaria.
Intentar limitar derechos políticos de la ciudadanía.
Se suma la complicidad de Partidos políticos y Comisiones de Derechos Humanos.
Busca someter la inconformidad y expresión social de hartazgo contra la clase política, la impunidad y la desigualdad.
Contraviene los Tratados firmados y la Carta Magna.
Modifica la agenda y provoca el desgaste de las organizaciones sociales y políticas, porque en varios casos, se pospone la lucha de sus demandas sectoriales.
Tienen sucesos sangrientos, pérdidas humanas, abuso de autoridad e impunidad que marca la percepción ¡ciudadana de dichas normas jurídicas.


Tabla comparativa de las legislaciones contra la resistencia popular.
LEYES CONTRA SECTORES ORGANIZADOS.
La Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México surge manchada de sangre, porque en Atenco, pobladores y militantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FDPT) ejercieron la resistencia pacífica, y la autodefensa ante los ataques de la fuerza federal en clara colusión con los medios de comunicación. En ese espacio de tierra, se cristalizó una experiencia social: las personas, los pueblos y las organizaciones resisten a pesar de los excesos del poder.
En el contexto de las reformas estructurales, en el Estado de México, confluyen personas, pueblos y organizaciones sectoriales que han construido proyectos valiosos de resistencia y alternativos a cada imposición gubernamental. Entre otros, se encunetran los movimientos contra los megaproyectos como el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM) y la carretera del Grupo Higa en Xochicuatla y Coyotepec; así como la oposición a la privatización del agua en Tecámac y por supuesto, el magisterio democrático que extiende su influencia y campo de acción.
A los gobernantes les preocupa su unidad, la experiencia compartida, la esperanza de un mejor futuro, pero sobre todo, la decisión de mantener la resistencia. 
REPRIMIR INCONFORMIDADES, NO RESOLVER NECESIDADES.
¿Por qué no condicionar el uso de la fuerza a un proceso de diálogo e intermediación con las autoridades y manifestantes para evitar el uso de la fuerza? ¿Por qué no obligar a las autoridades a resolver antes que reprimir?
Esta ley viola Tratados internacionales y la Carta Magna, entre otros los que destacan: el principio de legalidad, porque antepone lavoluntad y criterio de las personas al ejercicio de un Estado de Derecho y el de presunción de inocencia porque nadie puede ser sancionado sin un juicio previo.
El interés no es resolver demandas, dialogar y negociar. El fin, es imponer sus reformas estructurales y mantener sus privilegios, y aplicar, el uso de la fuerza para los opositores.

Con el uso de fuerza, se busca someter la inconformidad, la resistencia a las reformas estructurales, la defensa de los derechos humanos, la libertad de expresión y la organización popular.

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