Al revisar sentencia de CIDH por desaparición de Rosendo Radilla, ministros determinaron por unanimidad que todos los jueces del país podrán procesar a integrantes del Ejército que incurran en violaciones a garantías individuales.
Gustavo Castillo y Fernando Camacho
Publicado: 12/07/2011
Publicado: 12/07/2011
México, DF. Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todos los jueces del país podrán juzgar a integrantes de las fuerzas armadas que incurran en violaciones a las garantías individuales.
El máximo tribunal solamente conocerá de algún caso cuando esté en duda la constitucionalidad del procedimiento o se tenga que definir si el asunto es competencia de los tribunales militares o civiles.
De esta manera, mientras el Poder Legislativo realiza las reformas constitucionales necesarias para modificar el artículo 57 del Código de Justicia Militar y ponerlo a tono con el artículo 2 de la Convención Interamericana, para restringir el fuero militar, la SJCN determinó ya procedimientos o normas a seguir cuando un integrante de las fuerzas armadas incurra en violaciones a derechos humanos estando en servicio.
En la actualidad todos los militares que cometen violaciones a las garantías individuales durante alguna comisión o estando en servicio, solamente pueden ser juzgados por los tribunales militares por lo que se consideran faltas a la disciplina militar.
El ministro Franco González Salas señaló durante la sesión de este martes que en consecuencia a lo establecido en la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Rosendo Radilla, cuando un militar en funciones esté involucrado en violaciones a garantías individuales de civiles, deben ser tribunales ordinarios quienes los juzguen.
El ministro José Ramón Cossío puntualizó que “lo que vendría a ser el corazón” de la sentencia de la CIDH es que “fuero militar frente a situación que vulneren derechos humanos de civiles, bajo ninguna circunstancia puede operar”, y así, la totalidad de los diez ministros presentes en esta sesión aceptaron que todos los jueces del país tienen facultades para conocer y procesar a militares que cometan violaciones a derechos humanos de civiles.
La sentencia de la SCJN se dio al determinar los alcances de la sentencia de la CIDH realizó en torno a Rosendo Radilla, quien fue desaparecido de manera forzada por integrantes del Ejército en 1974.
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